lunes. 09.12.2024

Este jueves se ha condenado por maltrato animal a FDCM, en el municipio de La Oliva, por omisión de los elementales cuidados de su perro URKO. Un Pitbull de 2 años de edad a quien dejó de alimentar a sabiendas de los riesgos graves para su salud. Estos hechos se descubrieron el 29 de julio de 2019 y se calcula que llevaba varios meses maltratando al animal, lo que se dedujo por el estado físico del perro.

Dos veterinarios acreditaron que se le maltrató por omisión, ya que el animal apenas tenía un 30% de su condición corporal, padecía graves infestaciones de parásitos con necropsia de parte una oreja, infecciones en ambos oídos, úlceras en sus cuartos traseros a causa de la postración en la que se encontraba, y rodeado de excrementos y materiales de desecho.

La intervención del SEPRONA fue providencial pues el animal hubiera fallecido de continuar esa situación. Con la finalidad de proteger su vida, fue incautado y entregado en depósito a la Asociación Protectora de Animales LUCHA CANINA ORG.DOGS RESCUE de Fuerteventura, quienes colaboran activamente con las autoridades contra el maltrato animal y se personaron como Acusación Particular para formular su acusación contra el maltratador quien, aunque inicialmente negó los hechos, tuvo que reconocerlos pues el perro se hallaba en su vivienda, sin vacunar, ni censar, ni asegurar.

La Acusación privada se llevó a cabo con la asistencia jurídica de la Asociación Abogados Prodefensa de los Animales, PROTA.

La Acusación particular reclamaba la condena máxima, 1 año de prisión y 3 años de inhabilitación. La Fiscalía redujo su petición de condena a 3 meses de prisión y 1 año de inhabilitación para tenencia de animales.

Finalmente el condenado aceptó la condena solicitada por la abogada de la Acusación Particular, por lo que se le ha condenado a 1 año de prisión y 3 años de inhabilitación para la tenencia de animales. Una pena exigua pero aún así, la máxima que admite el Código Penal.

Se le ha suspendido la pena de prisión, aunque con la condición de no volver a delinquir ni mantener animales durante 5 AÑOS, realizar 2 MESES de trabajos en beneficio de la Comunidad, realización de un curso de empatía hacia los animales, y el sometimiento a las inspecciones necesarias del SEPRONA para asegurar que no vuelve a tener animales. Debe también abonar a la Asociación la manutención del animal desde el día de los hechos hasta el día de la sentencia, el perro queda en propiedad de dicha Asociación y además, deberá pagar las costas procesales.

La letrada de la Acusación, Maite Bautista Garrastazu, pone de relieve la necesidad urgente de la modificación del Código Penal ya que aún consiguiendo condenas por el máximo permitido por el texto penal, resultan insuficientes para una reprensión penal adecuada ante hechos tan reprobables como el del caso.

Condenado a un año de prisión el maltratador de un perro en La Oliva
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