jueves. 25.04.2024


El Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario y el Gobierno de Canarias contra las sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Justicia, en los procedimientos ordinarios  347/2017 y 47/2017, relativas a sendas demandas interpuestas por la entidad ‘DISA FUERTEVENTURA, S.L.

En una nota informativa, la corporación informa de que dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento de Puerto del Rosario “a fin de informar sobre el contenido y consecuencias derivadas de las mismas, una vez evacuado informe jurídico por parte del departamento de Urbanismo”.

A la vista de dicho informe, la sentencia declara que el actual solar situado al sur del centro urbano, junto al Palacio de Formación y Congresos de la capital, con una superficie de 12.461 m², tiene la consideración de suelo urbano consolidado, en lugar de suelo urbano no consolidado.

Esta catalogación, recalca la corporación, no afecta a la calificación otorgada por el Plan General de Ordenación como Espacio Libre, lo que implica la necesidad acometer una modificación del Plan General de Ordenación para adecuar los documentos del mismo a la nueva categoría y determinar la forma de adquisición de este espacio libre, cuya titularidad revierte a la entidad DISA.

Se deberá incluir su previsión en el documento económico correspondiente por lo que se llevará a cabo una valoración del suelo “ajustada a los parámetros establecidos en la sentencia con el fin de proceder a la adquisición del suelo y la ejecución de los proyectos que el Ayuntamiento de Puerto del Rosario posee en relación a un espacio que es fundamental para el disfrute de los ciudadanos y ciudadanas de Puerto del Rosario”.

 

Ciudad de la Justicia

 

Por otro lado, se reduce la parcela donde se prevé proyectar la futura Ciudad de la Justicia por lo que se deberá redelimitar y reordenar el espacio para, posteriormente, iniciar su gestión y ejecución.

La corporación destaca en el comunicado que por parte del Gobierno de Canarias, “se deberá definitivamente tomar la decisión más adecuada, que pasa por preservar la actual situación del Edificio denominado Ciudad de la Justicia que requiere una modificación puntual del Plan General de Ordenación con acuerdo previo con el Ministerio de Defensa, o bien la búsqueda de otra ubicación dentro del suelo disponible destinados a equipamientos públicos dentro del municipio, cuya titularidad ostentan bien el Ayuntamiento de Puerto o el Cabildo de Fuerteventura, y a través de los instrumentos jurídicos correspondientes”, concluye.

El Tribunal Supremo inadmite recurso contra las sentencias que dan la razón a DISA
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