miércoles. 24.04.2024

La Consejería de Sanidad ha acordado este jueves,  tras analizar la evolución de los indicadores elevar de nivel 1 a nivel 2 a la isla de Fuerteventura. La Isla de Tenerife se mantiene en nivel 3 mientras que el resto de islas canarias mantinen el nivel 1 de alerta sanitaria.

La isla Fuerteventura: Nivel de Alerta 2.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el díav15 de julio de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.

La isla de Tenerife: Nivel de Alerta 3.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el díav8 de julio de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.

Las islas de Gran Canaria, Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro: Nivel de Alerta 1.

La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será hasta el día 8 de julio de 2021, inclusive, quedando supeditada a revaluaciones periódicas, incluso con antelación a la fecha indicada.

Esa decisión se sustenta en el informe emitido por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud (SCS) de este jueves.

Nivel de alerta 2

Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de las 23:00 horas a las 6:00 todos los días.

Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 6, salvo en el caso de convivientes. Si el grupo incluye tanto personas convivientes como no convivientes este no excederá de 6 personas.

Medidas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías. No se podrá superar el 75% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 6 personas en el exterior, 4 en espacios interiores y de 2 el grupo de clientes en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 23.00 horas.

Práctica deportiva. Para las actividades colectivas en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente, se permite un número máximo de 6 personas por grupo, incluido el monitor. Además, se garantizará la distancia de seguridad de 2 m entre los distintos grupos en todo momento. No se superará el 50% del aforo para cada una de las estancias y centros deportivos.

Al aire libre se permite el deporte en grupos máximos de 6 personas, incluido monitor, si no puede mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente. No se superará el 75% del aforo deportivo en cada uno de los espacios y centros deportivos. Se permite la actividad deportiva federada no profesional en modalidades con más de 10 personas superar hasta el máximo necesario exclusivamente para el desarrollo de la actividad.

Transporte público. En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, queda reducido su aforo al 50%. Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones. En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables.

Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria. En los centros hospitalarios se limitan las visitas externas, quedando bajo supervisión del centro. Además, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte del personal que tenga atención directa con los pacientes en esos centros, así como reforzar la ventilación.

Fuerteventura sube a nivel 2 de alerta sanitaria
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