Fuerteventura reclama la paga extraordinaria íntegra de todos los empleados públicos

Miguel Socorro, imagen de archivo
La Junta de Personal y el Comité de Empresa del Cabildo de Fuerteventura piden al Estado que cumpla la normativa y acabe con la injusticia salarial.

La Junta de Personal y el Comité de Empresa del Cabildo de Fuerteventura han presentado escrito, este martes, ante el Ministerio  para la Transformación Digital y de la Función Pública de Función Pública. Un escrito, recalcan los promotores de la iniciativa, que "no hace referencia a ninguna subida salarial sino lo que se plantea es que todos los empleados púbicos cobren su salario íntegro, tal como establece el Estatuto Básico del Empleado Público".

Exposición de motivos

 

Como consecuencia de la crisis económica sufrida en España en el periodo 2008-2009, el Estado tomó una serie de medidas, con carácter urgente, que le permitiera la reducción del déficit público. Una de las medidas que adoptó a la hora de recortar el gasto público, se centró en los salarios de todos los empleados públicos en la que, no solo se recortó el 5 % de los sueldos, sino también de forma progresiva parte de los conceptos retributivos de la paga extra, lo que vino a significar un desajuste en la escala retributiva, resultando que el salario básico (base más trienios) de las categorías inferiores, hasta hoy en día, es mayor que el de las escalas superiores. Al margen del recorte salarial, también se eliminaron los días libres por asuntos particulares, se amplió el horario, se perdió poder adquisitivo, se eliminó la tasa de reposición, etc.

Como quedó recogido en el preámbulo del Real Decreto 8/2010, la medida tenía carácter temporal mientras persistieran las circunstancias económicas y financieras extraordinarias.

          Al margen de los recortes salariales, el sacrificio de los empleados públicos aún fue mayor ya que desde el ejercicio 2011 hasta el 2015, no solo no hubo ninguna subida salarial, sino que además en el año 2012 se eliminó la paga extraordinaria del mes de diciembre.

Pero es a partir del año 2015, como consecuencia de la mejoría económica, cuando el Gobierno da por concluida la crisis y decide restituir parte de lo que había eliminado previamente, como la devolución de parte de la paga extra de navidad 2012 y la modificación de los días de permiso por asuntos particulares, pero olvidándose por completo de reponer el recorte de la paga extra.

  • Afectados

 

Esta injusticia salarial afecta a todos los empleados que trabajan en el Sector Público, como son:

  1. Personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
  2. Personal docente.
  3. Personal sanitario.
  4. Personal del sector público estatal sometido a régimen administrativo y estatutario.
  5. Personal Laboral del sector público estatal.
  6. Altos cargos del Gobierno de La Nación, de sus Órganos Consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo.
    1. Secretario de Estado, Subsecretario y directores generales.
    2. Presidentes de las Agencias Estatales, Presidentes, Vicepresidentes de las entidades públicas empresariales y demás entes públicos.
    3. Consejeros Permanentes y del secretario general del Consejo de Estado.
  7. Personal de las Fuerzas Armadas.
  8. Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
  9. Personal del Cuerpo Nacional de Policía.
  10. Miembros de la Carrera Judicial y Fiscal, de los Cuerpos de Secretarios Judiciales y del Personal al Servicio de la Administración de Justicia.
  11. Personal de las Comunidades Autónomas, los Organismos Autónomos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
  12. Personal de las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes. (41 Diputaciones, 4 Consejos Insulares, 7 Cabildos Insulares, 8.132 Ayuntamientos).
  13. Personal de la Seguridad Social.
  14. Personal de la Administración Tributaria.

 

Según datos publicados por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública de Función Pública, con fecha enero de 2025, España contaba con 3.037.432 trabajadores Públicos, de los cuales, el 17,75 % dependen del Sector Público del Estado; el 62,66 %, de las CCAA; y el 19,59 %, de la Administración Local.

  • Cantidades dejadas de cobrar por grupo funcionarial

 

Desde que se aplicó la medida en el año 2010, hace ya 15 años, las cantidades que los empleados públicos han dejado de cobrar en concepto de paga extra son las siguientes:

Cantidades sin percibir

 

Como queda recogido en el cuadro anterior, los empleados públicos del grupo A1 están dejando de cobrar en la actualidad 1,021,16 €, en concepto de sueldo base, más 39,28 € por cada trienio; los del grupo A2, 624,18 € de base, más 22,68 € por cada trienio; los del grupo B, 273,28 € de base, más 9,94 por cada trienio; los del grupo C1, 234,94 €, más 8,66 € por cada trienio; y los del grupo C2, 13,14 € de base, más 0,46 € por cada trienio.

  • Reclamaciones presentadas por Empleados Públicos del Cabildo de Fuerteventura

 

Los Empleados públicos del Cabildo de Fuerteventura vienen presentando desde el ejercicio 2019 escritos, ante la Secretaría de Estado de Función Pública, concretamente el 20 de junio de 2019, 5 de octubre de 2022, 21 de noviembre de 2023 y 3 de octubre de 2024, mediante los cuales han solicitado la reposición íntegra de la paga extra recortada desde el 2010 por considerar que es injusta la medida tomada por carecer de fundamento alguno, limitándose los responsables del Gobierno a mirar hacia otro lado contestando que, “Como ya se ha indicado en ocasiones anteriores, la forma de cálculo de las pagas extraordinarias de los funcionarios públicos fue establecida por el Real Decreto-ley 8/2010 y se ha mantenido a partir de este momento en las sucesivas leyes de presupuestos generales del Estado o normas legales que se han aprobado en los ejercicios en los que no se han aprobado aquellas, sin que la negociación colectiva, que ha venido acordando distintos aumentos retributivos que han beneficiado a los empleados públicos en los últimos ejercicios, haya abordado esta cuestión, y consecuentemente no se ha trasladado a las normas que regulan las retribuciones de los empleados públicos.”

Los responsables sindicales del Cabildo Insular de Fuerteventura consideran que, dado que insiste la Subdirección del Ministerio, una y otra vez, que nunca los dirigentes de los empleados públicos han puesto encima de la mesa de negociación la reposición de la paga extra y teniendo conocimiento que la próxima semana el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado a los representantes de UGT, CCOO y CSIF para tratar un acuerdo salarial hasta 2028, es el momento idóneo para poner fin al recorte de la paga extra reponiéndose la totalidad de la misma.

  • Pérdida de poder adquisitivo

 

No solo los empleados/as públicos han dejado de percibir durante estas últimas décadas parte de su sueldo íntegro, sino que además las subidas salariales han estado muy alejadas de los porcentajes de variación del IPC, tal como se puede apreciar en la siguiente tabla y gráfico:

Tabla

 

En el siguiente cuadro se detalla la evolución que ha tenido los dos componentes en base a 100:

Tabla
Diferencias evolutivas

Tal como se muestra en el cuadro la diferencia entre un criterio (IPC) y el otro (subida salarial) es muy sustancial, perjudicando gravemente los intereses de todos los empleados/as públicos que han perdido muchísimo poder adquisitivo desde que nació la crisis económica del 2009.

          Petitum

Como las razones que dieron origen al recorte salarial en el año 2010 han desaparecido y visto que las pagas extraordinarias que se liquidan no se ajustan a lo establecido en el artículo 22.4 de la Ley del Estatuto de Empleado Público, que establece que son dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y la totalidad de las retribuciones complementarias, es por lo que, los representantes de los trabajadores del Cabildo Insular de Fuerteventura solicitan al Gobierno que, en la próxima negociación colectiva, que se celebra en este mismo mes de noviembre, se acuerde la integridad de las dos pagas extraordinarias, como así lo contempla el artículo 22.4 del EBEP.

Además, dado que desde el ejercicio 2015 las circunstancias económicas originada en el 2009, en la que se basaba el Real Decreto-ley 8/2010 han desaparecido, se reclama las diferencias retributivas dejadas de percibir en concepto de paga extra de los últimos cuatro años.